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Tras siete años fue aprobada en la Cámara de Diputados la ley de Eutanasia

¿Qué pasó?

Durante la jornada del martes, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la muerte digna y cuidados paliativos, que autoriza la utilización de la eutanasia en nuestro país, esto, tras llevar siete años de discusión en la Cámara Baja.

¿De qué trata el proyecto? 

El proyecto tiene dos objetivos:

  • Regular la asistencia médica para morir, en el que la administración de la sustancia debe ser realizada por un profesional de la salud, siempre indicada por orden y supervisión médica, siempre que la persona lo haya solicitado.
  • La prescripción y dispensación por parte de un médico de una sustancia a una persona que lo haya requerido, de manera que ésta se la pueda auto administrar causando su propia muerte, siempre bajo supervisión médica al momento de dicha administración.

¿Qué otros elementos fueron aprobados?

  • Extender Cuidados paliativos a pacientes no oncológicos.
  • Obligación del Minsal de dictar un Procedimiento para la eutanasia.
  • Residencia mínima de 12 meses para extranjeros que quieran optar.
  • Que sean sólo pacientes mayores de edad.
  • Manifestar voluntad de manera anticipada.
  • Añade obligación del médico a manifestar por escrito el convencimiento del diagnóstico de una enfermedad grave e irremediable.
  • En todo momento, incluso un instante siquiera antes de la causación de la muerte, tendrá derecho el paciente a desistir de su solicitud por cualquier medio, incluyendo el lenguaje kinésico o gesticular.
  • Obligación del objetor de informar de inmediato al director del establecimiento de salud que la persona requirente debe ser derivada.
  • Obligaciones de instituciones con un ethos (querer ser) corporativo antieutanásico.
  • Prohibición para instituciones que tengan ethos (querer ser) corporativo antieutanásico de sanción o despido a quienes practiquen o hayan practicado eutanasia en otros recintos.
  • Prohibido publicitar la eutanasia.
  • Voluntad anticipada en un testamento abierto.
  • Podrá dejarse constancia en la cédula nacional de identidad la existencia y vigencia de la voluntad manifestada anticipadamente.

¿Qué fue descartado?

Entre los elementos que fueron descartados en la votación está la»dolencia psíquica» como causal para optar a la muerte. De acuerdo a la descripción en el proyecto, se trataría de una «enfermedad que ocasiona sufrimientos físicos o psíquicos persistentes e intolerables».

¿Con qué razones se puede solicitar el procedimiento?

El paciente debe padecer una enfermedad grave e irremediable. Se entiende que un paciente sufre una enfermedad grave e irremediable cuando ha sido diagnosticado de una enfermedad terminal o cuando cumple alguna de estas condiciones:

a) Tiene una enfermedad o dolencia seria e incurable.

b) Su situación médica se caracteriza por una disminución avanzada e irreversible de sus capacidades.

c) Enfermedad terminal

¿Cuáles son  los requisitos?

Ser diagnosticado por dos médicos especialistas de una enfermedad grave e irremediable.

Tener la nacionalidad chilena o residencia legal en Chile, o certificado de residencia que acredite un tiempo de permanencia en territorio chileno superior a doce meses.3. Ser mayor de 18 años. Sin admitir excepción alguna

Encontrarse consciente al momento de la solicitud o al momento de haber realizado un documento de voluntad anticipada.

Contar con la certificación del uso pleno de sus facultades mentales, descartando enfermedades de salud mental que afecten su voluntad. La certificación solo podrá ser realizada por un psiquiatra.

Manifestar su voluntad de manera expresa, razonada, reiterada, inequívoca y libre de cualquier presión externa.

¿Qué viene ahora?

La iniciativa fue despachada al Senado, dónde debe continuar su trámite legislativo para ser aprobado y se convierta en ley tras aprobación del presidente.

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