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Abren concurso anticipado para reemplazo de ministra Olga Morales

El 8 de diciembre próximo deberá abandonar el Poder Judicial debido a que cumple el límite de edad

¿Cuál fue el anuncio?

Con un mes de anticipación, la Corte Suprema anunció el llamado a concurso por el término de 10 días -a contar de la fecha de la publicación respectiva en el Diario Oficial- para proveer el cargo de ministro o ministra de la Corte de Apelaciones de Talca, en la vacante que se producirá, a partir del 9 de diciembre próximo, por el cese de funciones de la actual ministra, Olga Morales Medina, quien deberá acogerse a jubilación por cumplir el límite de edad para el cargo.

¿Por qué se realiza el llamado en forma anticipada?

Ocurre que, con la salida de la ministra Morales, la dotación de ministros de la Corte de Apelaciones de Talca se reduce en un cupo, lo cual, afectará inmediatamente en la conformación de salas en modalidad ordinaria y extraordinaria. La escasa dotación de ministros, atendida el alto cúmulo de causas por fallar, es un fenómeno preocupante que ha sido denunciado por sucesivos presidentes del máximo tribunal regional, señalando que esta situación afecta la capacidad de fallar causas de todo tipo.

¿Qué requisitos deben cumplir los interesados?

La convocatoria indica que “los interesados que reúnan los requisitos exigidos por el Código Orgánico de Tribunales deberán postular al cargo, vía web mediante el Sistema de Reclutamiento y Selección de Personal, disponible en la página www.poderjudicial.cl”.

¿Qué antecedentes se deben adjuntar?

-Currículum vitae

-Declaración jurada (en lo posible vigente) de los artículos 258 y 469 del Código Orgánico de Tribunales

-Antecedentes justificativos de sus méritos, conforme a lo dispuesto en el Acta N° 274-2007 de 28 de diciembre de 2007, relativo a Nombramientos y Promociones en el Poder Judicial, Acta N° 184-2014, de 25 de octubre de 2014, Acta N° 179-2015 de 25 de octubre de 2015

-Declaración a que se refiere el Auto Acordado de este Tribunal, de 23 de diciembre de 2008, que consta en el Acta N° 304, de igual data, y su modificación de fecha 30 de enero de 2009, consignada en el Acta N° 33 de esa misma fecha, dentro del plazo señalado.

¿Qué pasa con quienes no presentan los antecedentes?

Al respecto, la convocatoria señala textualmente: “Se reitera el deber de presentar la documentación detallada en el párrafo anterior necesariamente completa y vigente, atendido que su incumplimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6° del Acta N° 184-2014, conduce a la inadmisibilidad de la postulación al concurso”.

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