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Proceso Constituyente: ¿Cómo Construir una Sociedad Justa y Solidaria?

En este año 2021 se va a desarrollar un proceso inédito en nuestra historia como nación independiente: por primera vez las ciudadanas y los ciudadanos vamos a elegir a las personas que escribirán la nueva Constitución Política del Estado de Chile. Por las consecuencias que tendrá la elección, se puede afirmar que es el proceso de elección de representantes más relevante y trascendente de los últimos 32 años, considerando que la nueva carta fundamental regulará en las próximas décadas la vida de las chilenas y los chilenos, y de las personas extranjeras residentes en nuestro país.

¿Cómo llegamos a la situación actual? En 1980 se aprobó una nueva Constitución. Hubo diversos cuestionamientos al no contarse con registros electorales y estar prohibidos los partidos políticos. Una comisión designada redactó la Constitución. Luego se decretó la ley de AFP, la ley de ISAPRES y se privatizaron las empresas del Estado, entre otras, ENDESA, ENTEL, IANSA, mediante el denominado “capitalismo popular”.

En los últimos 40 años, la población ha recibido bajas pensiones, el sueldo mínimo legal es insuficiente para vivir, ha existido inequidad en los ingresos entre hombres y mujeres al desempeñar trabajos similares, existe diferente atención en salud entre el sistema público y el privado y, han ocurrido serios problemas de contaminación ambiental. Además, se han producido casos de colusión en los precios de algunos insumos básicos para la población, por ejemplo, los medicamentos y el papel higiénico, a lo que se agregan graves casos de corrupción y de financiamiento ilegal de la política. En los últimos años, se han desarrollado diferentes movimientos sociales: la denominada Revolución Pingüina por la calidad de la educación (año 2006), el Movimiento Social por el fin al lucro en la educación (año 2011), y el Movimiento NO+AFP.

Todo lo anterior confluyó en la detonación del estallido social del 18 de octubre de 2019. La ciudadanía se manifestó por un cambio estructural, lo que llevó el 15 de noviembre de 2019 a un grupo de parlamentarios a plantear una consulta a la ciudadanía, mediante un plebiscito, para aprobar o rechazar un cambio de Constitución, y el mecanismo para elaborarla. En el plebiscito del 25 de octubre de 2020, triunfó la opción apruebo junto al mecanismo de convención constitucional. La ciudadanía deberá elegir el próximo 15 y 16 de mayo a 155 representantes, quienes deben redactar una nueva Carta Fundamental, la cual deberá ser ratificada mediante un plebiscito de “salida”.

¿Qué tipo de Estado tendrá Chile y cómo va a estar organizado? ¿qué principios y qué derechos va a garantizar la nueva Constitución? Las respuestas a estas interrogantes implican una serie de análisis, acuerdos y definiciones que deberán establecer los convencionalistas. La población de nuestro país tiene depositadas grandes esperanzas y expectativas en la nueva carta fundamental. En esta deberán quedar establecidos los derechos que garantizará la Constitución para todas y todos los chilenos, por ejempEstablecer la imagen destacadalo, a la salud, a la educación, a la previsión social (pensiones dignas), a la vivienda, al trabajo, a la cultura, al deporte, la recreación, a la información y a un medio ambiente sustentable. Además, se definirán, entre otros elementos políticos fundamentales, los siguientes: estado unitario o estado federal, régimen de gobierno (presidencial o semipresidencial), estado social o estado subsidiario.

El trabajo constituyente y sus resultados deben estar orientados al bien común y a la justicia social, como resultado de un trabajo constituyente responsable y efectivo, basado en la honestidad, el respeto, la empatía y la solidaridad. Esperamos que todas las chilenas y todos los chilenos conozcan, comprendan y valoren los alcances de una Constitución Política del Estado, y su importancia para nuestra sociedad presente y futura. Con esto podrán elegir con fundamento a sus representantes a la Convención Constituyente, considerando que la nueva Constitución deberá ser un documento orientado al bien común, teniendo como finalidad el respeto a la dignidad de la persona humana con sus derechos fundamentales.

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